David Sánchez insta a la jueza a que explique «su radical cambio de criterio» para abrir juicio sin esperar a la Audiencia
La defensa del hermano del presidente del Gobierno presenta un escrito de en el que recuerda a Biedma una providencia suya en la que indicó que esperaría a los recursos
El hermano del presidente del Gobierno, David Sánchez, insta a la jueza Beatriz Biedma que aclare su «radical cambio de criterio» al decidir la apertura de juicio oral sin esperar a que la Audiencia Provincial resuelva los distintos recursos de las defensas sobre la transformación de la instrucción en procedimiento abreviado.
Así lo hace constar en el escrito de aclaración que su abogado, Emilio Cortés, ha presentado este viernes al Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, después de que su titular firmara ayer el auto por el que abre juicio oral y le imputa posibles delitos de prevaricación y tráfico de influencias por su contratación en la Diputación de Badajoz en 2017.
En este escrito, su abogado se centra en dos cuestiones.
En primer lugar, recuerda a la jueza que en una providencia del 14 de mayo dijo que esperaría a que la Audiencia resolviera los recursos de las defensas al auto que convertía la instrucción en procedimiento abreviado para decidir sobre la apertura de juicio oral. Entre esos recursos se encuentra el de la Fiscalía, que pedía el archivo de la causa, tal y como adelantó este diario.
Tras la presentación del escrito de acusación de Manos Limpias y coadyuvantes, habría de estarse «al resultado de los recursos que se interpongan contra el Auto de Procedimiento Abreviado para acordar la resolución que proceda con respecto a la apertura del juicio oral», recoge el escrito de Biedma que ahora se le recuerda para subrayar su contradicción. Añade la provindencia citada que «quedan pendientes de tramitación y fallo los Recursos de Apelación directos formalizados por algunas de las partes -entre ellas, nada menos que el Ministerio Fiscal-, así como los planteados de manera subsidiaria a la Reforma por otras, por lo que se advierte con facilidad la contradicción existente entre las dos resoluciones mencionadas«.
El abogado considera que «dado que en Derecho una cosa no puede ser y no ser a la vez (...), es preciso que se motive por el Juzgado de Instrucción la causa o causas provocadoras del radical cambio de criterio, que son desconocidas para esta parte, a los efectos procesales que procedan«. Y pregunta: «¿Por qué se ha dictado ese Auto, si su redacción se condicionaba a una circunstancia concreta que no se ha verificado?».
La segunda cuestión que plantea la defensa tiene que ver con que el auto emitido ayer para abrir juicio oral apuntara que el competente para juzgar el caso sería un juzgado de lo Penal de Badajoz.
No obstante, casi de forma paralela, la jueza remitió una providencia a las acusaciones populares para pedirles que corrigieran su escrito de acusación y que apuntaran a la Audiencia Provincial de Badajoz como el competente para el enjuiciamiento porque piden 15 años de inhabilitación para algunos de los once acusados.
Este viernes, en su escrito, Emilio Cortés también asevera que el órgano encargado del enjuiciamiento, en su caso, de los hechos objeto de acusación no es el Juzgado de lo Penal que por turno corresponda como se dice en el auto de apertura del juicio oral, sino la Audiencia Provincial de Badajoz. Pero el abogado entiende que no es necesario pedirle a las acusaciones que se pronuncien en este sentido. «El artículo 783 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que en el mismo Auto señalará el Juez de Instrucción el órgano competente para el conocimiento y fallo de la causa, sin necesidad de consultar con ninguna de las partes, ya que lo que puedan sugerirle en modo alguno compromete la decisión judicial en ese aspecto. Tanto es así, que la asignación de competencia que efectúan provisionalmente esas acusaciones populares es manifiestamente errónea«.
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